CONSIDERANDO: que el Auto de Vista impugnado es incongruente y contradictorio entre la parte considerativa
CONSIDERANDO: que el Auto de Vista impugnado es incongruente y contradictorio entre la parte considerativa y la resolutiva pues considera que la apelación restringida interpuesta por el acusador particular no cumple con los requisitos formales exigidos por el artículo 407 del Código de Procedimiento Penal y por ello señala que no corresponde ningún análisis, sin embargo de lo cual, en la parte dispositiva, ANULA la sentencia precisamente por las causas que fueron motivo de la fundamentación de la apelación restringida, esto es, porque consistieron en señalar que el Juez inferior en grado incurrió en defectuosa valoración de la prueba por lo que, al haber formado convicción la Corte de Alzada que la conducta del imputado se adecua al tipo del delito de estelionato, previsto por el artículo 337 del Código Penal, dispuso que se proceda a un nuevo juicio
- PARTES: Fernando de Acha Asín c/ Antonio Amado Murillo Terán y otra
- Extorsión y estelionato
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 43 a 45 interpuesto por Antonio Amado Murillo
- CONSIDERANDO: que el fallo de fojas 9 a 13 vuelta dictado por el Juez de
- Que contra la aludida sentencia, recurrió de apelación restringida el acusador particular Fernando de Acha
- Que impugnando ese fallo recurrieron de casación Antonio Amado Murillo Terán y Cristina Crespo Valenzuela
- CONSIDERANDO: que el Auto de Vista impugnado es incongruente y contradictorio entre la parte considerativa
- Que se advierte que efectivamente la Corte de Alzada incurrió en incongruencia entre la parte
- DOCTRINA LEGAL: Que conforme a la normativa legal vigente, la apelación restringida, por su naturaleza
- Consecuentemente; "En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- El control del debido proceso y la actividad jurisdiccional en casos extremos como el presente,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de lo
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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