VISTOS: el recurso de casación de fojas 43 a 45 interpuesto por Antonio Amado Murillo
MINISTRO RELATOR: Dr. José Luis Baptista Morales
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 43 a 45 interpuesto por Antonio Amado Murillo Terán y Cristina Crespo Valenzuela impugnando el Auto de Vista de fojas 37 y 37 vuelta de fecha 19 de julio del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio seguido por el acusador particular Fernando de Acha Asín contra los recurrentes, por el delito de extorsión y estelionato, previsto por los artículos 333 y 337 del Código Penal
- PARTES: Fernando de Acha Asín c/ Antonio Amado Murillo Terán y otra
- Extorsión y estelionato
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 43 a 45 interpuesto por Antonio Amado Murillo
- CONSIDERANDO: que el fallo de fojas 9 a 13 vuelta dictado por el Juez de
- Que contra la aludida sentencia, recurrió de apelación restringida el acusador particular Fernando de Acha
- Que impugnando ese fallo recurrieron de casación Antonio Amado Murillo Terán y Cristina Crespo Valenzuela
- CONSIDERANDO: que el Auto de Vista impugnado es incongruente y contradictorio entre la parte considerativa
- Que se advierte que efectivamente la Corte de Alzada incurrió en incongruencia entre la parte
- DOCTRINA LEGAL: Que conforme a la normativa legal vigente, la apelación restringida, por su naturaleza
- Consecuentemente; "En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- El control del debido proceso y la actividad jurisdiccional en casos extremos como el presente,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de lo
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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