Que se advierte que efectivamente la Corte de Alzada incurrió en incongruencia entre la parte
Que se advierte que efectivamente la Corte de Alzada incurrió en incongruencia entre la parte considerativa y la resolutiva en el Auto de Vista impugnado pues si consideró que el tribunal de sentencia hizo defectuosa valoración de la prueba con relación a lo dispuesto por el artículo 337 del Código Penal, llegando a la conclusión de que el tractor Caterpillar D8-H, serie 46A-21180 formó parte de la garantía que Antonio Amado Murillo Terán ofreció al Banco Nacional de Bolivia por un préstamo de dinero en moneda extranjera, debió pronunciarse sobre el fondo del asunto, de conformidad a lo previsto en la última parte del artículo 413 del Código de Procedimiento Penal, definiendo así la situación jurídica de los imputados y no anulando la sentencia, disponiendo el reenvío a otro Juez de Sentencia para un nuevo juicio. Consecuentemente, la resolución del Tribunal de Apelación no guarda coherencia entre los razonamientos esbozados en la parte considerativa y en la dispositiva, razón por la cual es aplicable al caso la disposición contenida en el numeral 8 del artículo 370 de Procedimiento Penal
- PARTES: Fernando de Acha Asín c/ Antonio Amado Murillo Terán y otra
- Extorsión y estelionato
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 43 a 45 interpuesto por Antonio Amado Murillo
- CONSIDERANDO: que el fallo de fojas 9 a 13 vuelta dictado por el Juez de
- Que contra la aludida sentencia, recurrió de apelación restringida el acusador particular Fernando de Acha
- Que impugnando ese fallo recurrieron de casación Antonio Amado Murillo Terán y Cristina Crespo Valenzuela
- CONSIDERANDO: que el Auto de Vista impugnado es incongruente y contradictorio entre la parte considerativa
- Que se advierte que efectivamente la Corte de Alzada incurrió en incongruencia entre la parte
- DOCTRINA LEGAL: Que conforme a la normativa legal vigente, la apelación restringida, por su naturaleza
- Consecuentemente; "En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- El control del debido proceso y la actividad jurisdiccional en casos extremos como el presente,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de lo
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- ?? ?? ?? ??
