Auto Supremo AS/0463/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0463/2004

Fecha: 24-Ago-2004

Que lo expuesto, se concluye que en el caso de autos, no existe contradicción en


Que lo expuesto, se concluye que en el caso de autos, no existe contradicción en los términos del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes invocados, estableciéndose además que los Tribunales de instancia al pronunciar sus fallos con los fundamentos en ellos expuestos, no han infringido norma alguna, toda vez que en autos existe prueba plena que acredita la participación en el ilícito de cada uno de los incriminados siendo correcta la calificación del delito así como las penas impuestas según el grado de su participación, por lo que corresponde aplicar el segundo caso del parágrafo dos del artículos 419 de la Ley 1970