En tal sentido, se advierte que los jueces de grado, a tiempo de emitir sus
En tal sentido, se advierte que los jueces de grado, a tiempo de emitir sus respectivos fallos, no analizaron en detalle los términos contenidos en el Informe del Asesor Técnico, fs. 79-85, ya señalado, sino más bien lo relegaron; sin tomar en cuenta que el testimonio que expide dicho funcionario -conforme a disposiciones de la materia y la acorde jurisprudencia-, adquiere, precisamente, las características de una opinión técnica, autorizada y oficial, que respalda las decisiones adoptadas por el tribunal tributario, cuya orientación es de vital importancia en materia contable impositiva y en la determinación de los reparos definitivos
- AUTO SUPREMO Nº 300 - C.Tributario Sucre, 14 de octubre de 2005
- PARTES: Sociedad de Almacenes Aduaneros S
- RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez
- CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda de fs
- CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes y fundamentos expuestos en el recurso en estudio, se deriva
- En tal sentido, se advierte que los jueces de grado, a tiempo de emitir sus
- 2) En efecto, de la revisión de los antecedentes procesales, particularmente de la prueba de
- Consecuentemente, estando parcialmente demostradas las infracciones denunciadas en el recurso se abre la competencia del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Sucre, 14 de octubre de 2005
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
