VISTOS: El recurso de casación de fs
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 125-126 vta., interpuesto por Juan Carlos José Cremer Torrico, representante legal de "Manufacturas de Calzados Patricia Ltda." contra el Auto de Vista de fs. 121-123, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso contencioso tributario seguido por la empresa recurrente contra la Administración Regional de Impuestos Internos de Cochabamba; la concesión del recurso efectuada mediante resolución de fs. 129, los antecedentes del proceso, el dictamen de fs. 131-132, y:
CONSIDERANDO: Que, dentro del proceso de referencia, el 23 de febrero de 2001, el Juez Segundo de Partido en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, dictó sentencia declarando improbada la demanda de fs. 25-30, por lo tanto, confirmó la vigencia y exigibilidad de la Resolución Administrativa GRACO No. 09/97 de 26 de febrero de 1997
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Contencioso Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Deducida la apelación por el representante de la empresa demandante, la Sala Social y Administrativa
- CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso, se advierte que el actor no cumplió
- En el caso de Autos, es evidente el incumplimiento de tales formalidades, pues no se
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes procesales se concluye que
- Por otro lado, la Administración Tributaria demandada, al determinar reparos a favor del Fisco por
- En cuanto a la determinación de reparos por retenciones no efectuadas del impuesto RC IVA,
- En suma, el recurrente no probó en sede administrativa, durante el periodo de fiscalización, ni
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Administrativa Segunda
