Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0313/2005
Fecha: 07-Nov-2005
Dr. Alberto Ruiz Pérez
Dr. Alberto Ruiz Pérez
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AUTO SUPREMO Nº 313 - Social Sucre, 07 de noviembre de 2005
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PARTES: Saúl Arandia Uriona c/ Empresa "SISTECO" Ltda
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RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
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CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
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CONSIDERANDO: Que conforme se ha establecido en la jurisprudencia, la Corte Suprema, como máximo tribunal
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Que el art
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Dentro del marco normativo señalado, en contraste con los antecedentes y los argumentos del recurso,
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Finalmente, el Tribunal de alzada en 21 de marzo de 2005, emitió el Auto de
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II
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Consecuentemente, corresponde observar la disposición contenida en el art
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
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Se impone una multa de Bs
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Se regula el honorario profesional del abogado en Bs. 300
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
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Dr. Alberto Ruiz Pérez
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Sucre, 07 de noviembre de 2005
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Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
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