Que a su turno el querellante Henrry Alex Fernández Hurtado fundamenta el recurso de fojas
Que a su turno el querellante Henrry Alex Fernández Hurtado fundamenta el recurso de fojas 403 a 406 con los siguientes argumentos: a) que el Auto de Vista recurrido no hace una compulsa y apreciación correcta de los defectos de la sentencia que fueron expuestos en el recurso de apelación restringida y que, de manera vaga e imprecisa, se limita a disponer la reposición del juicio por otro tribunal, b) que el Auto de Vista erróneamente aplica el artículo 413 del Código de Procedimiento Penal en cuanto se refiere a la reposición del juicio por otro tribunal cuando, a su criterio, debió revocar la sentencia ya que las pruebas introducidas en el proceso son suficientes para generar convicción de que la imputada es autora de los delitos por los cuales ha sido procesada y c) finalmente señala que los precedentes contradictorios al fallo, el Auto de Vista de 6 de octubre de 2001 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba y el Auto Supremo Nº 75 de 3 de febrero de 2003 dictados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, manifestando que la contradicción existe en el sentido de que el Auto de Vista recurrido no coincide con el sentido jurídico de los precedentes invocados ya que se han dejado de aplicar los tipos penales correspondientes a los delitos por los cuales ha sido absuelta la procesada, como también la resolución del ad quem inobserva los artículos 20 y 45 del Código Penal con relación a la autoría y en concurso de delitos
- PARTES: Henrry Alex Fernández c/ Margareth Hurtado de Gius
- Apropiación indebida y otro
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- CONSIDERANDO: que tramitado el proceso penal, concluye con la sentencia de fojas 352 a 359
- Que contra la sentencia referida el querellante, mediante memorial que corre de fojas 363 a
- CONSIDERANDO: que contra la resolución del tribunal ad quem recurren de casación Jackeline Margareth Hurtado
- Que en cuanto al recurso de fojas 390 a 394 y vuelta se refiere, la
- Que a su turno el querellante Henrry Alex Fernández Hurtado fundamenta el recurso de fojas
- CONSIDERANDO: que así fundamentados los recursos en análisis corresponde su compulsa conjuntamente la resolución recurrida,
- En cuanto al recurso de fojas 403 a 406 formulado por el querellante se debe
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Relator: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, once de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
