Auto Supremo AS/0480/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0480/2005

Fecha: 15-Nov-2005

CONSIDERANDO: que, la Corte suprema de Justicia a través de la circular Nº 27/04, con


CONSIDERANDO: que, la Corte suprema de Justicia a través de la circular Nº 27/04, con el fin de unificar criterios en cuanto se refiere a la aplicación de la Sentencia Constitucional Nº 101/04, determinó que la extinción de las causas penales del sistema antiguo por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso será resuelta a pedido de parte "y en la instancia donde se encuentre la causa" , criterio que también fue establecido en la Sentencia Constitucional Nº 1709/2004, de 22 de octubre de 2004, al señalar: "Si bien se halla sujeta a un trámite, por sus efectos liberatorios y por los fundamentos en que se asienta, bien puede ser opuesta en momentos procesales distintos al desarrollo de la etapa del juicio; es decir también puede ser formulada ante los tribunales competentes para sustanciar y resolver los medios impugnativos previstos por ley, pues un entendimiento diferente posibilitaría la prosecución de un proceso penal e incluso la eventual posibilidad de imponerse una sanción por un delito cuya acción prescribió por el transcurso del tiempo fijado por ley, en cuyo caso la potestad punitiva del Estado ha perdido legitimidad"