Del análisis de los datos del proceso, se evidencia que los delitos endilgados, fueron denunciados
Del análisis de los datos del proceso, se evidencia que los delitos endilgados, fueron denunciados el 13 de agosto de 1996 (fojas 1), hace 9 años y tres meses atrás; organizado el proceso penal (fojas 473), se sustanció el debate a partir del 4 de marzo de 1997 (fojas 598), se dictó sentencia el 31 de octubre de 1997 (fojas 1371 a 1377); el 10 de enero de 1998, se confirma la misma (fojas 1414 a 1415); por Auto Supremo de 4 de septiembre de 2000 (fojas 1440), se anula obrados hasta el Auto de Vista que confirma la sentencia de primer grado (fojas 1414); se producen excusas por parte de los vocales y conflicto de competencia, declaradas ilegales el 18 de marzo de 2002 (fojas 1472 a 1473); pronunciado el Auto de Vista el 16 de noviembre de 2002 (fojas 1482 a 1484 vuelta); recurrido de casación el 1 de febrero de 2003 (fojas 1487 a 1490), realizado el cómputo respectivo a la fecha han transcurrido 9 años y 3 meses desde el inicio del hecho punible, sin que se acredite acciones dilatorias por parte de los procesados
- PARTES : Ministerio Público c/ Julio Flores Carvajal y otro
- Tráfico y transporte de sustancias controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- CONSIDERANDO: que, el co-procesado Félix Orlando Beltrán Cárdenas a fojas 1503 a 1506 y vuelta,
- 1
- -4 bidones de 40 litros con electrolito
- -2 bidones de 20 litros con electrolito
- 2
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- CONSIDERANDO: que, la Corte suprema de Justicia a través de la circular Nº 27/04, con
- Que dada la naturaleza de la extinción de la acción penal, esta constituye una cuestión
- CONSIDERANDO: que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que
- Del análisis de los datos del proceso, se evidencia que los delitos endilgados, fueron denunciados
- La dogmática procesal penal establece las razones por las cuales se extingue la acción penal,
- RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre 15 de noviembre de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
