La dogmática procesal penal establece las razones por las cuales se extingue la acción penal,
La dogmática procesal penal establece las razones por las cuales se extingue la acción penal, las que se hallan vinculadas a ciertos hechos como: la muerte del imputado contra quien se dirige la persecución penal o cuando no se emitió en su oportunidad las resoluciones correspondientes, como en el caso de autos por imponderables que evitaron la conclusión del proceso, como la excesiva carga procesal, etc., que conlleva innumerables perjuicios
- PARTES : Ministerio Público c/ Julio Flores Carvajal y otro
- Tráfico y transporte de sustancias controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- CONSIDERANDO: que, el co-procesado Félix Orlando Beltrán Cárdenas a fojas 1503 a 1506 y vuelta,
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- -4 bidones de 40 litros con electrolito
- -2 bidones de 20 litros con electrolito
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- CONSIDERANDO: que, la Corte suprema de Justicia a través de la circular Nº 27/04, con
- Que dada la naturaleza de la extinción de la acción penal, esta constituye una cuestión
- CONSIDERANDO: que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que
- Del análisis de los datos del proceso, se evidencia que los delitos endilgados, fueron denunciados
- La dogmática procesal penal establece las razones por las cuales se extingue la acción penal,
- RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre 15 de noviembre de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
