La "vida" de la personas es el valor supremo que tiene el hombre, protegido y
La "vida" de la personas es el valor supremo que tiene el hombre, protegido y garantizado por el artículo 7 inciso a) de la Norma Fundamental, Tratados y Convenios Internacionales, considerado dentro de nuestra constitución como el primero en el catálogo de los derechos fundamentales, el mismo que en el caso de autos le ha sido privado a la víctima Andrés Avendaño Caba por la imprudencia e inobservancia a leyes y reglamentos de tránsito que establece los deberes de cuidado a los que está obligado tanto el conductor como el propietario del motorizado, habiendo provocado la inobservancia a ello por parte del conductor y propietario la muerte de la víctima, hecho que merece la sanción que ha sido impuesta por los juzgadores en preservación del bien constitucional jurídicamente protegido que ha sido lesionado
- Homicidio y otros
- CONSIDERANDO: que la Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia Nº 1 en lo
- CONSIDERANDO: que los imputados Mario y Julián Urquizu Calancha, mediante su apoderado Teófilo Velásquez Salamanca,
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- CONSIDERANDO: que de la revisión y análisis del recurso de casación interpuesto por Mario y
- La "vida" de la personas es el valor supremo que tiene el hombre, protegido y
- Por los antecedentes anotados no se ha demostrado la existencia en el Auto de Vista
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, doce de diciembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
