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    Auto Supremo AS/0488/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0488/2005

    Fecha: 12-Dic-2005

    POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad


    POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 50 inciso 1) de la Ley de Organización Judicial y aplicando el parágrafo segundo del artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación deducido de fojas 143 a 144, con costas
    • Homicidio y otros
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    • Por los antecedentes anotados no se ha demostrado la existencia en el Auto de Vista
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
    • Regístrese y hágase saber
    • Sucre, doce de diciembre de dos mil cinco
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

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