Auto Supremo AS/0020/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0020/2005

Fecha: 28-Feb-2005

CONSIDERANDO: Que, antes de considerar los aludidos recursos, el Tribunal Supremo de Justicia de la


CONSIDERANDO: Que, antes de considerar los aludidos recursos, el Tribunal Supremo de Justicia de la Nación, tiene la obligación de examinar los procesos que llegan a su conocimiento a fin de establecer si los jueces y tribunales inferiores observaron los plazos y leyes que norman la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes, tal como faculta el art. 15 de la L.O.J., pues, esta norma permite anular de oficio un proceso cuando se encuentra el quebrantamiento de normas procesales