Auto Supremo AS/0076/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2005

Fecha: 11-Abr-2005

CONSIDERANDO: Que, en base a los argumentos expuestos por la recurrente, a efectos de la


CONSIDERANDO: Que, en base a los argumentos expuestos por la recurrente, a efectos de la resolución del recurso planteado dentro del marco normativo y sustantivo invocado por la actora tenemos:

De acuerdo a lo establecido por la norma del art. 131 del CF, en el caso de la separación de hecho libremente consentida y continuada por más de dos años, cualquiera que sea el motivo de ella, el divorcio puede demandarse por cualquiera de los cónyuges, debiendo limitarse la producción de la prueba a demostrar la duración y continuidad de la separación. A ese efecto, el actor tiene la obligación de demostrar, a través de los medios probatorios pertinentes, el tiempo de duración de la aludida separación, que debe ser más de dos años, y la continuidad de la misma, en otras palabras, el demandante está reatado a la carga de la prueba conforme establece la norma del art. 375 del CPC