VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 101-102, interpuesto por Margarita Uyuli Mamani contra el Auto de Vista de fs. 94 a 96 vta., pronunciado el 27 de octubre de 2004 por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso de divorcio seguido por Florencio Gutiérrez Ordóñez en su contra; la concesión del recurso mediante auto de fs. 109 de 24 de noviembre de 2004, los antecedentes procesales analizados para resolución y:
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda ordinaria de divorcio, se dio curso al trámite correspondiente a cuya conclusión se pronunció la Sentencia 43/04 de 12 de agosto de 2004, saliente a fs 77-78 vta. de obrados, declarando improbada la demanda de divorcio de fs. 3, manteniendo subsistente el vínculo matrimonial y dejándose sin efecto las medidas provisionales dispuestas en el Auto de fs. 11, con costas
- AUTO SUPREMO: Nº 76 Sucre, 11 de abril de 2.005
- DISTRITO: Oruro PROCESO: Ordinario - Divorcio
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En apelación deducida por el demandante perdidoso, la Sala Civil de la Corte Superior del
- Esta resolución motivó el recurso de casación de fs
- Agrega, que el Tribunal Ad quem vulneró la norma prevista por el art
- En virtud a los argumentos expuestos, solicita se case el Auto de Vista impugnado, y
- CONSIDERANDO: Que, en base a los argumentos expuestos por la recurrente, a efectos de la
- En ese contexto, el art
- En ese contexto, cabe indicar que los Tribunales de instancia, son libres en la apreciación
- En consecuencia, conforme a los argumentos expuestos, es ineludible la aplicación de la norma prevista
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
