Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0147/2005
Fecha: 10-May-2005
Dr. Julio Ortiz Linares
Dr. Julio Ortiz Linares
-
AUTO SUPREMO: Nº 147 Sucre, 10 de mayo de 2.005
-
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
-
CONSIDERANDO I: Que, mediante auto de 8 de agosto de 2003 (fs
-
Que, contra esta resolución el actor interpone recurso de casación (sin precisar en qué efecto),
-
CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
-
En la especie, se trata de establecer qué tribunal tiene competencia para conocer el juicio,
-
Finalmente, respecto al argumento expuesto en el dictamen fiscal de fs
-
CONSIDERANDO III: Que, de la revisión de obrados, no se advierte la infracción denunciada, al
-
POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
-
Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
-
Regístrese, notifíquese y devuélvase
-
Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
-
Dr. Juan José González Osio
-
Dr. Julio Ortiz Linares
-
Ma. del Rosario Vilar G
-
Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
Otros enlaces de interés: