Auto Supremo AS/0146/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2005

Fecha: 22-Jun-2005

CONSIDERANDO: Pronunciada la sentencia de primera instancia por el Juez 9º de Partido en lo

SALA CIVIL PRIMERA

AUTO SUPREMO N° 146 Sucre, 22 de Junio de 2005

DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario sobre usucapión

PARTES : Donato Guevara Rioja c/ Hilda Guevara Ortuño y otro

MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros

 

VISTOS: El recurso de casación de fs. 127-128 presentado por Donato Guevara Rioja contra el auto de vista de fs. 124-125, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba en fecha 24 de enero de 2003, en el proceso ordinario sobre usucapión seguido por el recurrente contra Hilda Guevara Ortuño y Guillermo Castellón Mercado; lo actuado en el proceso, y

CONSIDERANDO: Pronunciada la sentencia de primera instancia por el Juez 9º de Partido en lo Civil de Cochabamba en fecha 23 de mayo de 2.000 declarando improbada la demanda de usucapión, el demandante apela contra dicho fallo y elevado el proceso a la Corte Superior de ese Distrito Judicial, la Sala Civil Primera dicta el auto de vista de fs. 124-125 en fecha 24 de enero de 2003 confirmando la sentencia del a quo, con la modificación de que Donato Guevara Rioja continuará viviendo en la casa que ocupa hasta el día de su fallecimiento, debiendo la demandada abstenerse de cualquier perturbación, bajo conminatoria de ley, sin costas en ambas instancias