Auto Supremo AS/0216/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2005

Fecha: 13-Jun-2005

CONSIDERANDO: que habiendo solicitado, Francisco Campos Prado, Ezequiel Hidalgo Miranda y Ever Veizaga Prado, extinción


CONSIDERANDO: que habiendo solicitado, Francisco Campos Prado, Ezequiel Hidalgo Miranda y Ever Veizaga Prado, extinción de la acción penal a su favor, las mismas que cursan a fs. 332 y vlta, 334-335 y 337- 338 y que de los datos y pruebas que informan el proceso, se establece que en la tramitación de la causa, los órganos jurisdiccionales de primer grado, como el de alzada, no incurrieron en dilación del proceso, por lo que el mismo tuvo absoluta regularidad en su tramitación, por lo que no puede hacerse viable la solicitud de extinción de la acción penal, más aun cuando los propios procesados incurrieron en obstaculización del proceso en la fase investigativa que dio lugar a que exista dilación del proceso