Contra dicha resolución, el Banco Ganadero S
SALA CIVIL PRIMERA
AUTO SUPREMO N° 154 Sucre, 18 de agosto de 2005
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Compulsa
PARTES : Jorge Antonio Loayza Orellana c/ Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
RELATORA : Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 28-29 interpuesto por Gertrudis Doris Vargas Mendoza de Nava en representación legal de Jorge Antonio Loayza Orellana, contra el auto de negativa de concesión del recurso de casación de fs. 18 del testimonio fotocopiado adjunto, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en fecha 27 de junio de 2005, dentro del concurso necesario de acreedores promovido por el compulsante contra Edgar Serrano Ruiz y Susana Vivian Llanos de Serrano, los antecedentes del cuaderno procesal y,
CONSIDERANDO: Que, Jorge Antonio Loayza Orellana interpone demanda de concurso necesario de acreedores en contra de Edgar Serrano Ruiz y Susana Vivian Llanos de Serrano, acción que es admitida por el juez 4to. de Partido en materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz.
Contra dicha resolución, el Banco Ganadero S.A. interpone recurso de reposición bajo alternativa de apelación, pidiendo se deje sin efecto el auto de 13 de enero de 2004. El juez a quo pronuncia el auto de fs. 2 dejando sin efecto la referida resolución y dispone tenerse por no admitida la demanda, toda vez que incumple con las formalidades contenidas en el art. 562 del Cód. de Pdto. Civ. Resolución que apelada es confirmada por el tribunal de alzada por auto de 22 de abril de 2005
AUTO SUPREMO N° 154 Sucre, 18 de agosto de 2005
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Compulsa
PARTES : Jorge Antonio Loayza Orellana c/ Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
RELATORA : Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 28-29 interpuesto por Gertrudis Doris Vargas Mendoza de Nava en representación legal de Jorge Antonio Loayza Orellana, contra el auto de negativa de concesión del recurso de casación de fs. 18 del testimonio fotocopiado adjunto, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en fecha 27 de junio de 2005, dentro del concurso necesario de acreedores promovido por el compulsante contra Edgar Serrano Ruiz y Susana Vivian Llanos de Serrano, los antecedentes del cuaderno procesal y,
CONSIDERANDO: Que, Jorge Antonio Loayza Orellana interpone demanda de concurso necesario de acreedores en contra de Edgar Serrano Ruiz y Susana Vivian Llanos de Serrano, acción que es admitida por el juez 4to. de Partido en materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz.
Contra dicha resolución, el Banco Ganadero S.A. interpone recurso de reposición bajo alternativa de apelación, pidiendo se deje sin efecto el auto de 13 de enero de 2004. El juez a quo pronuncia el auto de fs. 2 dejando sin efecto la referida resolución y dispone tenerse por no admitida la demanda, toda vez que incumple con las formalidades contenidas en el art. 562 del Cód. de Pdto. Civ. Resolución que apelada es confirmada por el tribunal de alzada por auto de 22 de abril de 2005
- Contra dicha resolución, el Banco Ganadero S
- CONSIDERANDO: Que el recurso de compulsa está abierto para determinar si la negativa de una
- Que, el tribunal de segunda instancia sólo puede negar la concesión del recurso en los
- CONSIDERANDO: Que el concursal es un proceso especial y universal, desarrollado en su regulación en
- Que, la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar ha introducido modificaciones al
- En el sub lite la discusión se centra en la admisión misma de la demanda
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Proveído : Sucre, 18 de agosto de 2005
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
