Auto Supremo AS/0222/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2005

Fecha: 16-Ago-2005

La decisión anterior fue confirmada por la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones,


La decisión anterior fue confirmada por la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones, fundándose en el DS. 26466 de 22 de diciembre de 2001, en razón a que esta normativa faculta a la Dirección de Pensiones revisar, revocar o suspender las rentas calificadas y otorgadas cuando se evidencia contradicción en la fecha de nacimiento o cuando éstas hubieran sido rectificadas con posterioridad al 1º de mayo de 1997