Auto Supremo AS/0247/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2005

Fecha: 26-Ago-2005

Respecto al error de hecho y al error de derecho en la apreciación de la


Respecto al error de hecho y al error de derecho en la apreciación de la prueba, se tiene de la revisión de antecedentes, que evidentemente el trabajador que fungía como "Director de Obra" dentro de la empresa, se ha visto en una situación totalmente incómoda al enterarse de la orden de despido (fs. 82) que establecía en forma textual "... a partir del 1ro. de mayo la Empresa contará con la participación del Ing. Jaime Guillén en la Dirección de la Obra...", situación que ha sido interpretada por el demandante como despido intempestivo, acudiendo ante el ministerio de Trabajo para que se proceda a realizar la liquidación de sus beneficios sociales (finiquito de fs. 8) e iniciar la acción pertinente. Estos hechos debidamente documentados, no han sido valorados por el Juez de mérito ni por el Juez de instancia, quienes se han limitado a valorar otras pruebas, que no hacían a la averiguación de la verdad material como se ha indicado anteriormente