RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución primera del articulo 59 de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con los requerimientos fiscales de fs. 501-502 y 509-510 determina NO HABER LUGAR a la extinción de la acción penal, así como declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 496-497 de obrados.
RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- PARTES : Ministerio Público c/ Eusebio Yujra Villca y otros
- Tráfico de sustancias controladas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
- CONSIDERANDO: que, el Tribunal Primero de Sustancias Controladas del Distrito de La Paz, pronunció la
- Que, con los argumentos expuestos en el memorial de fs
- CONSIDERANDO: que, de las pruebas que informan el proceso se tiene que el 6 de
- CONSIDERANDO: que, el Ministerio Público a petición de parte emitió el requerimiento de fs
- Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 determina que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos
- CONSIDERANDO: que, el caso de autos trata de ilícitos comprendidos en la ley 1008 de
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara
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