Auto Supremo AS/0279-C/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279-C/2005

Fecha: 27-Sep-2005

En relación a la acusación de violación del art


En relación a la acusación de violación del art. 31 de la Ley 1178, encontrándose demostrado que el recurrente ejerció el cargo de Gerente General de la Planta Industrializadora de Leche - PIL Cochabamba, siendo la máxima autoridad ejecutiva, tenía la responsabilidad de establecer y mantener un apropiado sistema de control interno, que no puede limitarse a delegar las obligaciones de esta autoridad a funcionarios subalternos, sin establecer un adecuado sistema de seguimiento y verificación del cumplimiento de las responsabilidades transferidas o delegadas, más aún si se considera la advertencia de serias deficiencias administrativas (fs. 136)