Auto Supremo AS/0336/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2005

Fecha: 01-Sep-2005

Si bien es cierto que en la tramitación en el plenario de la causa, existió


Si bien es cierto que en la tramitación en el plenario de la causa, existió error en el edicto de declaratoria de rebeldía en uno de sus nombres,( Julio en vez de Juan, empero su otro nombre y dos apellidos se publicaron correctamente) el propio procesado convalidó ese error al no haber impugnado la resolución del inferior de primera instancia, cuyo edicto fue publicado sin ningún error en su filiación (fs. 137), por lo que habiendo sido subsanado el error por el propio recurrente no deviene en nulidad de obrados