encontraba tramitando la ejecución de la regulación de Honorarios Profesionales del abogado Fabián A
4º.- José Eduardo Añez Paz, el 27 de diciembre de 2004, en representación de la Sociedad Maderera Bolivia "Mahogany" S.R.L. formuló ante el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de San Borja, Provincia Ballivián, del Distrito Judicial del Beni, demanda Ordinaria de "Declaratoria de Nulidad del ilegal Auto de Vista", siendo la pretensión del actor lograr la Declaratoria de Nulidad del Auto de Vista que regulaba Honorarios Profesionales a favor del abogado Fabián A. Moreno Barrera, dictado dentro del referido proceso Ordinario de Modificación Judicial de Contratos seguido por la Sociedad Maderera Bolivia "Mahogany" S.R.L., contra el Banco de Santa Cruz S.A. Esta demanda fue admitida por Auto de 14 de enero de 2005 (fojas 193), con el fundamento de que el contrato de Iguala Profesional fue suscrito en la Localidad de San Borja, disponiendo la inhibitoria del Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, en mérito a que ésta autoridad, se
encontraba tramitando la ejecución de la regulación de Honorarios Profesionales del abogado Fabián A. Moreno Barrera, habiendo dispuesto el remate de los bienes de la Sociedad Maderera a efectos de efectivizar el pago de tales honorarios
- PROCESO: Conflicto de Competencias
- VISTOS EN SALA PLENA: El Conflicto de Competencia suscitado entre el Juez de Partido Mixto,
- 2º
- 3º
- encontraba tramitando la ejecución de la regulación de Honorarios Profesionales del abogado Fabián A
- 5º
- CONSIDERANDO: Que así expuestos los antecedentes, se hace necesario su análisis, a fin de que
- II
- III
- CONSIDERANDO: Que, en el sub lite, conforme la relación de antecedentes, se tiene que dentro
- Que, el nuevo apoderado y representante de la Sociedad Maderera Bolivia Mahogany S
- Por lo expuesto, conforme se ha analizado, en el fondo no existe Conflicto de Competencia
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dispone
- Se llama severamente la atención al Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de
- Se rechaza por impertinente la solicitud de Complementación del Auto Constitucional 382/2005-CA de 11 de
- Se conmina a la Sociedad Maderera Bolivia Mahogany S
- No interviene el Ministro Jaime Ampuero García por encontrarse con licencia
- Tampoco interviene la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco por excusa declara legal cursante a fojas
- Regístrese
- Firmado: Sofía L. Fiengo S.
