Que existe en el fallo recurrido violación a normas procesales, al no haber señalado el
Que existe en el fallo recurrido violación a normas procesales, al no haber señalado el Tribunal de alzada día y hora de audiencia de presentación de prueba y fundamentación de la apelación, tal cual se solicitó en el memorial de apelación restringida, contraviniendo normas de orden público y de cumplimiento obligatorio, vulnerando la garantía constitucional del "debido proceso"
- Robo agravado y otro
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos
- CONSIDERANDO: que los recurrentes habiendo interpuesto su recurso dentro de plazo legal fundamentan de acuerdo
- Que existe en el fallo recurrido violación a normas procesales, al no haber señalado el
- Que el fallo recurrido contradice el Auto Supremo Nº 284 de 13 de mayo de
- 2
- Invoca como precedentes contradictorios al fallo recurrido los Autos Supremos números: 372 de junio de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, diez de enero de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
