Asimismo, a los efectos del debido proceso, conforme al artículo 34 del Tratado de Montevideo,
Asimismo, a los efectos del debido proceso, conforme al artículo 34 del Tratado de Montevideo, el Juez Comisionado deberá velar porque el detenido sea expresamente notificado con una copia de la presente resolución y del mandamiento a expedirse, quedando obligado a remitir inmediatamente a la Corte Suprema la diligencia original que dé cuenta del cumplimiento y fecha de la citación
- PROCESO: Extradición
- PARTE: H
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo previsto por el artículo 30 inciso 1º del Tratado
- CONSIDERANDO: Que, del análisis de las copias legalizadas acompañadas al pedido en estudio, cursante de
- Ante el conocimiento de que el sujeto extraditable se encontraría en la ciudad de Yacuiba,
- Que, en consecuencia, por la relación precedente, se afirma que las exigencias previstas por el
- Para el efecto, existiendo información en obrados respecto que se encontraría actualmente detenido en la
- Asimismo, a los efectos del debido proceso, conforme al artículo 34 del Tratado de Montevideo,
- Finalmente, se dispone: a) que el Registro Judicial de Antecedentes Penales certifique la existencia de
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para fines consiguientes
- Regístrese
- Firmado: Carlos Bernal Tupa
