Auto Supremo AS/0389/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2006

Fecha: 07-Oct-2006

Tratándose de hechos nuevos o hechos anteriores descubiertos, o en el caso de la existencia


Tratándose de hechos nuevos o hechos anteriores descubiertos, o en el caso de la existencia de elementos de prueba que demuestren que el hecho no fue cometido, que el condenado no fue autor o participe de la comisión del delito sancionado, o que el hecho no sea ilícito; en cualquiera de los tres casos, es necesario que el recurrente identifique los elementos de prueba que acreditan uno o más de las situaciones descritas, en caso de no cumplir con la individualización de dichos elementos y no evidenciar las circunstancias alegadas, se debe declarar la inadmisibilidad del recurso de revisión de sentencia. El Tribunal de Casación con el objeto de constatar si se ha cumplido con los requisitos anotados, pasa a revisar el recurso de revisión de sentencia y los datos que se encuentran en obrados