Auto Supremo AS/0436/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0436/2006

Fecha: 20-Oct-2006

El panorama es aún más claro si se entiende que el encubridor, sin ser participe,


El panorama es aún más claro si se entiende que el encubridor, sin ser participe, posteriormente presta su colaboración, no para realizar el hecho, sino para eludir la acción de la justicia; esta colaboración la realiza "sin promesa anterior", requisito sine quanun si se quiere descartar el concepto de encubridor, puesto que el principio de presunción de inocencia actuará siempre en favor de las personas que por la particular relación que tienen con el autor, colaborarían al fin señalado, entendiéndose así conforme a las reglas de experiencia