Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones denunciadas ni haberse incurrido en error
Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones denunciadas ni haberse incurrido en error de hecho, corresponde su resolución de acuerdo a lo previsto en los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ. aplicable al caso de autos por la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 128/04-SSA-II de 21 de mayo de
- Que, contra el auto de vista, la apoderada de la entidad demandada, interpone el recurso
- CONSIDERANDO II
- 2
- 3
- Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones denunciadas ni haberse incurrido en error
- 4
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
