Concluye fundamentando que no corresponde el pago de beneficios sociales, conforme al art
Concluye fundamentando que no corresponde el pago de beneficios sociales, conforme al art. 16 inc. f) de la L.G.T., pidiendo que se case el Auto de Vista y deliberando en el fondo, se mantenga subsistente la sentencia, exceptuando el pago de aguinaldos
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación, interpuesto por la representante de la empresa demandada
- Concluye fundamentando que no corresponde el pago de beneficios sociales, conforme al art
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- II
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
