CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recuso, corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recuso, corresponde analizar si lo denunciado es evidente o no, de cuyo examen y compulsa, se colige lo siguiente:
El actor Oscar Javier Murillo Clavo, en su demanda de fs. 59-61, exige el pago de beneficios sociales, al haber trabajado como docente por el período de 8 años, desde el mes de mayo de 1995 hasta el mes de febrero del 2003; empero, la prueba de descargo aportada por la Universidad demandada y cuya certidumbre no fue desvirtuada por el actor, establece que la relación laboral surge de contratos de trabajo bajo la modalidad de plazo fijo, donde a la conclusión de uno anterior se cancelaba los beneficios sociales por dicha gestión y se renovaba con otro contrato con las mismas condiciones y plazo, igualmente percibiendo su indemnización y aguinaldo por el tiempo de sus servicios, conforme acreditan los contratos de trabajo y finiquitos de fs. 70-96, así como los documentos de fs. 69 y 171-178
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, a instancia de la universidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen tanto del auto de vista como del recurso, se tiene
- II
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recuso, corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
- En efecto, los antecedentes del proceso, revelan que el actor no fue retirado o destituido
- Con referencia a la supresión de primas, se debe tener presente que al constituir la
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
