Agrega que la Sentencia Constitucional que dejó sin efecto la resolución del Tribunal de Amparo
Agrega que la Sentencia Constitucional que dejó sin efecto la resolución del Tribunal de Amparo no dispuso la devolución de los sueldos pagados en cumplimiento de la citada resolución última (fs. 13-16) del Tribunal del Amparo Constitucional y que CESSA tampoco solicitó ese extremo por la vía de complementación y enmienda, más aún, si se trata de derechos adquiridos, conforme a la doctrina y jurisprudencia. Con estos argumentos solicita al tribunal supremo la casación parcial del auto de vista
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- PARTES: Iván Mijail Lestón Rojas c/ Compañía Eléctrica Sucre S.A. "CESSA"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- Con esos argumentos solicita casación del auto de vista y se declare improbada la demanda
- Por su parte, en el recurso de casación de fs
- Por otro lado, acusa que el tribunal de apelación olvidó que por disposición del art
- Agrega que la Sentencia Constitucional que dejó sin efecto la resolución del Tribunal de Amparo
- CONSIDERANDO: Que, analizado el contenido del recurso de fs
- En efecto, el recurrente, se limita a exponer una relación sobre las condiciones en que
- Lo anterior, no permite abrir la competencia de este tribunal para ingresar a considerar el
- CONSIDERANDO: Que con relación al recurso de fs
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- En el marco de lo expuesto, se debe precisar que para que el derecho se
- Asimismo, el hecho de que en la Sentencia Constitucional no se haya dispuesto expresamente la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
