Auto Supremo AS/0246/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2006

Fecha: 13-Nov-2006

De las citas anteriores y del análisis respecto a este acto jurídico, se obtiene por


De las citas anteriores y del análisis respecto a este acto jurídico, se obtiene por lógica inferencia, que el primer requisito para la procedencia de la acción reivindicatoria, es la existencia de un derecho de propiedad sobre la cosa cuya reivindicación se demanda, y que conforme lo define el artículo 105 del Código Civil, el derecho de propiedad es el poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa, o también, como el derecho de dominio que confiere a su titular la posesión civil o jus possidendi y la natural o corporal o jus possesionem, con la aclaración que esta última posesión puede o no ser ejercida por el propietario