Auto Supremo AS/0251/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2006

Fecha: 13-Nov-2006

Consiguientemente, como se ha establecido líneas arriba, a través del recurso de casación en el


Consiguientemente, como se ha establecido líneas arriba, a través del recurso de casación en el fondo el Tribunal Supremo no puede analizar ni mucho menos resolver aspectos concernientes al recurso de casación en la forma, por cuanto no es esa la finalidad por la que ha sido instituido por el legislador boliviano, que estableció una naturaleza jurídica diferente para cada uno de los recursos señalados. Esta circunstancia, ni duda cabe, motiva la improcedencia de la acción extraordinaria en estudio, empero, habiéndose efectuado un análisis respecto de las denuncias formuladas en recurso de casación en la forma, corresponde, al igual que éste, declararlo infundado