Auto Supremo AS/0494/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0494/2006

Fecha: 13-Nov-2006

CONSIDERANDO: Que a tiempo de impugnar la resolución de alzada, el acusador particular señala los


Que, en el recurso de casación es necesario puntualizar los aspectos cuestionados en la resolución que se impugna e individualizar sus similares en el precedente invocado conforme exige el art. 417 del Código de Procedimiento Penal que de manera imperativa prescribe: "En el recurso se señalará la contradicción en términos precisos".

CONSIDERANDO: Que a tiempo de impugnar la resolución de alzada, el acusador particular señala los Autos Supremos Nros. 141/04, 59/04 y 339/04 así como la Sentencia Constitucional 1401/03, denunciando que habría existido errónea aplicación de la ley sustantiva de la materia, ya que no se habrían considerado los arts. 345 y 346 del Código Penal