CONSIDERANDO: que de la revisión del cuaderno procesal, se tiene
CONSIDERANDO: que de la revisión del cuaderno procesal, se tiene:
1.- Que la querella que cursa a fojas 5 corresponde a 18 de diciembre de 2000, así como el Auto de apertura de proceso (fojas 8) a 20 de diciembre del mismo año, tramitado el sumario de la causa se dicta Auto final de la instrucción (fojas 229 a 232 vuelta) en fecha 22 de julio de 2002; remitido que fue el cuaderno procesal, se radica la causa ante el Juez de Partido y Sentencia de Huanuni en 9 de agosto de 2002 habiéndose desarrollado el juicio en el plenario de la causa, se establece las suspensiones de la audiencia de confesión cuyas actas cursan a fojas 242 y 245 por inasistencia del Fiscal, a fojas 246 cursa acta de suspensión de audiencia por falta de notificación al fiscal asignado al caso, debido a la negligencia del oficial de diligencias de ese despacho judicial, a fojas 252-258-275-299-301y 316 cursan actas de audiencias de suspensión debido a la inasistencia del representante del Ministerio Público; a fojas 262 cursa acta de suspensión de audiencia, debido a la inasistencia del imputado, así como a fojas 274 cursa acta de suspensión de audiencia debido a que el testigo no portaba su cédula de identidad; a fojas 279 y 287 cursan actas de suspensión de audiencias debido a la inasistencia de los testigos de cargo y descargo, a fojas 288 cursa acta de suspensión de audiencia debido a la inasistencia del abogado patrocínate de la querellante por tener que producirse prueba de inspección a solicitud de la parte acusadora
- CONSIDERANDO: que la fiscal adjunta de la Fiscalía General de la República, requiere de fojas
- CONSIDERANDO: que de la revisión del cuaderno procesal, se tiene
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- CONSIDERANDO: que de lo establecido se establece que habiéndose producido el hecho antijurídico en fecha
- Existiendo abundante jurisprudencia constitucional como la 0100/06-R de 25 de enero de 2006 que siguen
- Consecuentemente de los antecedentes que informan el recurso, se establece fehacientemente que la dilación del
- En casos de objetiva dilación como el caso de Autos se impone un límite al
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, trece de noviembre de dos mil seis
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
