Auto Supremo AS/0520/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0520/2006

Fecha: 13-Nov-2006

CONSIDERANDO: que la fiscal adjunta de la Fiscalía General de la República, requiere de fojas

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 520 Sucre, 13 de noviembre de 2006

DISTRITO: Oruro

PARTES: Leonor Colque Tumiri c/ Herminio Mollinedo Jaita

Lesiones gravísimas

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VISTOS: el requerimiento fiscal de fojas 374 a 375, respecto a la extinción de la acción penal en cumplimiento a la disposición tercera transitoria de la Ley 1970, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 y Auto Constitucional complementario Nº 0079/2.004 de 29 del mismo mes y año; dentro del proceso penal seguido por Leonor Colque Tumiri contra Herminio Mollinedo Jaita, por la comisión del delito de lesiones gravísimas (artículo 270 inciso 4) del Código Penal, los antecedentes del proceso y;

CONSIDERANDO: que la fiscal adjunta de la Fiscalía General de la República, requiere de fojas 374 a 375 porque se declare no ha lugar a la extinción de la acción penal, en beneficio del procesado, con el fundamento de que de los datos del proceso se evidenciaría que la conducta del mismo estuvo enmarcada dentro de los actos dilatorios a los que se refiere la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004, al haberse comprobado en forma objetiva la dilación del proceso atribuible al imputado, ya que por su causa se suspendió en varias ocasiones las audiencias públicas señaladas con anterioridad, conforme se establecería de las actas cursantes de fojas 26 a 39 y 262, del mismo modo el imputado al formular las excepciones e incidentes claramente dilatorios, como las cuestiones de prejudicialidad, falta de competencia planteadas con el único fin de dilatar el proceso, así como las impugnaciones efectuadas contra los requerimientos fiscales mediante memoriales de fojas 225 y 350