En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, por auto de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 99-102, interpuesto por Glover Artemio Rodríguez Zubieta, en representación de la Caja de Salud de la Banca Privada Regional Santa Cruz, contra el auto de vista No. 109 de 16 de marzo de 2005 (fs. 95-96), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social sobre cobro de beneficios sociales seguido por Roger Raúl Moreno Buchón, contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 103-105, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia No. 235 el 1º de noviembre de 2004 (fs. 78-80), declarando probado el derecho demandado con costas, ordenando a la Caja de Salud de la Banca Privada en la persona de su representante legal, pague beneficios sociales al demandante, de acuerdo a la liquidación inserta, la suma total de Bs. 77.559,80.-
En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, por auto de vista No. 109 de 16 de marzo de 2005 (fs. 95-96), se confirmó en todas sus partes la sentencia de fs. 78-80, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, por auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, en síntesis se tiene lo siguiente
- II
- Sobre el particular, lo expuesto carece de trascendencia, por cuanto al no estar reclamada por
- 2) No obstante la claridad del fallo y de las disposiciones legales en que se
- 3) El tribunal de alzada, confirma que la relación no fue de carácter civil o
- Que, en este marco legal, el tribunal de apelación a tiempo de pronunciar el auto
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
