Auto Supremo AS/1225/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1225/2006

Fecha: 10-Nov-2006

CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso de casación,


CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso de casación, se concluye:

Que los arts. 5 y 6 de la L.G.T. acusados de infringidos, definen: el primero, la modalidad del contrato de trabajo en función del número de suscribientes, señalándolos como individuales o colectivos y, el segundo, la modalidad del contrato de trabajo en razón de su formación, esto es, verbal o escrito y los modos de su acreditación, agregando que a falta de estipulación escrita serán interpretados por los usos y costumbres