DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1225
Sucre, 10 de noviembre de 2.006
DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
Sucre, 10 de noviembre de 2.006
DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, deducida por la apelante, la Sala Social y Administrativa de la
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa que el tribunal de apelación incurrió en interpretación
- Agrega que no se tomó en cuenta que conforme a sus pruebas se demostró que
- Por último señala que el tribunal de apelación se refirió a documentos acompañados por el
- Con esos argumentos, solicita casación del auto de Vista
- CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso de casación,
- En el caso de autos, no fue materia de discusión la modalidad del contrato ni
- En lo demás, el recurrente se limita a comentar algunos aspectos de la resolución de
- Finalmente habiéndose dictaminado por el señor Fiscal General de la República, que corresponde anular el
- Por lo expuesto, no siendo evidente la infracción legal acusada, corresponde observar la disposición contenida
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
