Auto Supremo AS/1229/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1229/2006

Fecha: 10-Nov-2006

II


II.- En el caso presente, la parte demandada, ha desvirtuado los fundamentos de la demanda, al haber presentado documentación en la que consta que el actor recibió un preaviso de ley (fs. 49) y a los noventa días continuos, dejó de trabajar en la empresa, pues el cómputo del plazo otorgado por el 12 de la L.G.T., modificado por el D.S. Nº 6813 de 3 de julio de 1964, es de noventa días continuos y no de tres meses como alega el recurrente