Auto Supremo AS/1236/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1236/2006

Fecha: 11-Nov-2006

a) Que, conforme consta en el memorándum de fs


2.- Ahora bien, de la revisión minuciosa del expediente, se llega al convencimiento de que, el Tribunal ad quem, al revocar la sentencia de primera instancia, no hizo una correcta valoración de las pruebas, aplicando indebidamente las normas en que sustenta su fallo, así como de las presunciones legales instituidas en el art. 182 del Cód. Proc. Trab., porque no consideró:

a) Que, conforme consta en el memorándum de fs. 9, el distracto de la relación laboral entre el actor y la entidad Edil demandada, se produjo por motivos de supresión del cargo y reajustes al límite de gastos corrientes en los Gobiernos Municipales y la correlativa reestructuración organizacional y funcional del G.M.L.P. y no como equivocadamente sostuvo el Tribunal ad quem al fundar su resolución en el memorándum de fs. 44 -dice- emergente del proceso administrativo interno por faltas disciplinarias que incurrió el trabajador en el ejercicio de sus funciones, conforme la R.A. Nº 18/01 de 20 de abril de 2001 cursante a fs. 36-38