Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación o nulidad en
Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación o nulidad en la forma y en el fondo (fs. 107-109), indicando que se ha violado la supremacía de los arts. 228 y 33 de la C.P.E., en cuanto a la irretroactividad de la ley, porque la fecha del retiro es en marzo y no en abril de 2001 y que el Tribunal de alzada no hizo una valoración correcta de la prueba sobreponiendo el despido intempestivo, queriéndolo suplir con un proceso administrativo posterior a la fecha del retiro, donde ya se había roto la relación laboral, por lo que siendo los derechos laborales irrenunciables, solicita a este Tribunal se le reconozcan los derechos demandados
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 288/04 de 10 de diciembre de
- Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación o nulidad en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
- a) Que, conforme consta en el memorándum de fs
- b) No es pertinente atribuir al memorándum de fs
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Jaime Ampuero García
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
