b) No es pertinente atribuir al memorándum de fs
b) No es pertinente atribuir al memorándum de fs. 44, emergente del proceso administrativo interno, como causa de la ruptura de la relación laboral, por cuanto conforme se evidencia de las R.A. Nos. 18/2001 de 20 de abril de 2001 y 007/2001 de 6 de junio de 2001, de fs. 31-38, éstas han sido emitidas fuera del término de vigencia de la relación obrero-patronal; por consiguiente, no es factible atribuir las causales establecidas en los arts. 16 de la L.G.T. y 9º de su D.R.; además que la entidad demandada (fs. 20), contesta la demanda en forma negativa pero no invocó ninguna de las causales contenidas en las disposiciones legales referidas, infiriéndose que el proceso administrativo interno, ha sido posterior al despido intempestivo sufrido por el actor, lo que corresponde enmendar
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 288/04 de 10 de diciembre de
- Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación o nulidad en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
- a) Que, conforme consta en el memorándum de fs
- b) No es pertinente atribuir al memorándum de fs
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Jaime Ampuero García
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
