CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación o nulidad en la forma y en el fondo de fs. 107-109, interpuesto por Fernando Onofre Gabriel contra el auto de vista Nº 288/04 de 10 de diciembre de 2004 (fs. 104), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue el recurrente contra la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, la respuesta de fs. 114, el dictamen fiscal de fs. 118-119, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 066/2003 de 22 de agosto de 2003 (fs. 86-89), declarando probadas en parte la demanda de fs. 4-5 y la excepción perentoria de pago, sin costas, debiendo la entidad demandada, cancelar a favor del actor el monto de Bs.- 19.565,12.-, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo por duodécimas, horas extraordinarias, sobre lo cancelado en el finiquito de fs. 1; monto que en ejecución de sentencia será indexado de conformidad a lo establecido en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 288/04 de 10 de diciembre de
- Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación o nulidad en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
- a) Que, conforme consta en el memorándum de fs
- b) No es pertinente atribuir al memorándum de fs
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Jaime Ampuero García
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
