Auto Supremo AS/1275/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1275/2006

Fecha: 22-Nov-2006

b)


b).- Conforme la disposición contenida en el art. 159 del Cód. Proc. Trab., el valor declarativo de las planillas salariales cursantes a fs. 83 y 86 vinculas a las testificales de fs. 91-95, a las que se ajusta el razonamiento del Tribunal ad quem, en el segundo párrafo del primer considerando de su decisorio, estableciendo la diferencia cuantitativa entre el salario que percibía la actora con el otorgado a su sucesor en el cargo, no se enerva por un simple error de trascripción que no configura error de hecho en su valoración, como forzadamente cuestiona el recurrente, sin desvirtuar igualmente el valor declarativo de la literal de fs. 9, otorgada por la Gerencia Administrativa de BOLIVISIÓN S.R.L., certificando un salario de $us.- 1.700.- con base al que se determinó el promedio indemnizable por su equivalente en bolivianos, cuya falsedad alega, en forma impertinente, por cuanto, durante la sustanciación del proceso no cuestionó su validez incumpliendo con la carga procesal que le imponen los arts. 66 y 150 del Cód