Sobre la infracción acusada de forma general del art
Sobre la infracción acusada de forma general del art. 253-3) del Cód.Pdto.Civ., corresponde aclarar que el citado dispositivo se encuentra referido a las causales de casación en el fondo por error de hecho o de derecho en la libre apreciación de la prueba, con el advertido que por imperio del art. 158 del Cód.Proc.Trab. "El juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por tanto formará libremente su convencimiento...", siendo facultad privativa de los jueces de grado la apreciación y valoración de las probanzas con facultad incensurable en casación, y en este caso se extraña no se hubiese fundamentado y demostrado en forma clara, concreta y precisa la supuesta existencia de error de derecho o error de hecho; además no se advierte se hubiese faltado a ninguna regla de criterio legal
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- En grado de apelación, deducida por los demandados, la Sala Social y Administrativa de la
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, como casación en la forma, se acusa violación de los
- Como casación en el fondo acusa error de hecho y de derecho en la apreciación
- CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso de casación,
- CONSIDERANDO: Que advertido como se encuentra no ser pertinente la nulidad impetrada, corresponde resolver la
- Sobre la infracción acusada de forma general del art
- Similar razonamiento se aplica respecto de los arts
- Sobre la infracción del art
- Por lo expuesto, no siendo evidente la infracción legal acusada, corresponde observar la disposición contenida
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
