En efecto, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente
En efecto, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente o no, se tiene:
1) En el recurso de casación en el fondo, en síntesis denuncia que el auto de vista, no cumple lo dispuesto por el art. 236 del Cód. Pdto. Civ., por no considerar sus pruebas de descargo, que incurre en indebida aplicación del art. 16 de la L.G.T., al exigirle que demuestre en juicio penal la comisión de delito de hurto, que no existió despido intempestivo ni procede el pago de desahucio, indemnización y aguinaldo
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- Que, el recurso en cuestión, aparte de ser confuso, carece de fundamentación, porque conforme define
- En efecto, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente
- 2) En el recurso de casación en la forma, reitera que se violó el art
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso, de la revisión del proceso se colige
- II.- Con relación a la casación en el fondo, se concluye
- 2) La pretensión de anular el proceso, desconoce también el principio de especificidad y lo
- CONSIDERANDO IV: Que, en la especie, el auto de vista recurrido cumple los principios de
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
